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sábado, 12 de septiembre de 2020

LEY 8.236: Sobre el divorcio

Es la regulación de la ley 17.801 en la provincia de Mendoza. Te traemos la parte relavante sobre el divorcio.

 Artículo 56 - La adjudicación de bienes en el proceso de divorcio se inscribirá, cumpliendo con todos los requisitos registrales, con la protocolización o presentación del expediente y de la primera copia o testimonio expedidos por el Tribunal de los documentos que integran el título judicial:

a) Sentencia de divorcio.

b) Convenio de Partición u Operaciones de inventario, avalúo y adjudicación de bienes.

c) Auto de aprobación.

d) Oficio que ordene la inscripción o rogatoria.

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