¿Cuando es el día del Empleado de Comercio?
El día del Empleado de Comercio es el 26 de septiembre, así lo establece la ley 26541, publicada en el Boletín Oficial el 15 de diciembre de 2009.
Hasta el momento, la FAECYS y las Cámaras de Comercio no han informado si se trasladará al lunes siguientes, como ha pasado en años anteriores-
De todos modos, siempre hay hay que tener en cuenta que algunas ciudades no adhieren a esta medida, y lo celebran el mismo día o en algunos casos al viernes, por lo que es conveniente consultarlo con el sindicato local.
Este 26 de septiembre reivindicamos los derechos para todos los trabajadores y trabajadoras de comercio que desempeñan su labor tanto en las pequeñas tiendas de barrio como en grandes centros comerciales y empresas.
Recordemos que la ley de contrato de trabajo 20744, en su artículo 166, establece que “los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical.
En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.
En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.”
Por lo tanto, quienes trabajan el día del Empleado de Comercio, deben cobrar doble.
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