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jueves, 27 de agosto de 2020

Extienden el reintegro del 15% con tarjetas de débito: a quiénes beneficia y postergacion de SIRE

El Gobierno oficializó la extensión de la medida a través de la Resolución General 4798/2020 publicada en el Boletín Oficial. Acceda a las condiciones


Los jubilados que cobran el haber mínimo y los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) se verán beneficiados hasta el 31 de diciembre próximo con el reintegro del 15% en las compras que realicen con las tarjetas de débito de las cuentas donde se acreditan sus beneficios.

El Gobierno oficializó la extensión de la medida a través de la Resolución General 4797/2020 publicada en el Boletín Oficial.

Los reintegros son de hasta $700 mensuales por beneficiario, con un tope de $1.400 por hogar.

El universo de beneficiarios supera los 7 millones de personas. El reintegro asciende hasta los 700 pesos mensuales por beneficiario y para los titulares de la AUH con 2 o más hijos el monto máximo será de 1400 pesos.

 El régimen de reintegros para los sectores vulnerados representó un impulso adicional a la demanda por $2.000 millones de pesos entre febrero y agosto.

El instrumento previsto en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva complementa las distintas políticas implementadas por el Gobierno para amortiguar el efecto de la pandemia del COVID-19. La Resolución General N°4797/2020 publicada en el Boletín Oficial extiende la vigencia del mecanismo hasta fin de año.

Entre los jubilados y pensionados que cobren el nuevo haber mínimo a partir de septiembre el monto máximo del reintegro representará un ingreso adicional del 3,9 por ciento mensual.

Los reintegros se acreditan en forma automática cuando los jubilados, pensionados y titulares de la AUH realizan compras en comercios con la tarjeta de débito donde perciben las prestaciones. El beneficio también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).

SIRE

La AFIP retrasa hasta el 1 de diciembre próximo la fecha límite para aplicar el Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE).

El SIRE es un sistema para que los agentes de retención y/o percepción de los regímenes de la seguridad social, del IVA y del Impuesto a las Ganancias informen sobre las operaciones y puedan emitir los certificados correspondientes.

La decisión fue tomada a través de la resolución general 4798 publicada en el Boletín Oficial:

Este sistema, determina que los emisores de certificados de percepción/retención estarán obligados a dejar estos documentos a disposición de sus clientes/proveedores (empresas receptoras).

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