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domingo, 31 de mayo de 2020

Asignaciones familiares y Ganancias


¿Qué tratamiento tienen las asignaciones familiares?

Por regla general: Constituyen ganancias de 4ta. categoría las provenientes de "...subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal".

Por su parte, la ley 24.714 contiene una excepcion, ya que establece que las asignaciones familiares son inembargables y no constituyen remuneraciones sujetas a gravámenes.

De acuerdo al principio de especificidad, la ley 24.714 prevalece sobre la ley del tributo. Consecuentemente, las asignaciones familiares, no se hallan alcanzadas por el impuesto a las ganancias.

Las asignaciones familiares no constituyen remuneración ni están sujetas a gravámenes.

Fuente: Art. 79 Ley 20.628 y Art. 23 Ley 24.714

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