Partes: Escobar Fany Mabel c/ Rizzo Daniel Armando s/ despido
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: II
Fecha: 7 de agosto de 2026
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-161095-AR|MJJ161095|MJJ161095
Es justificado el despido indirecto de la trabajadora ante la falta de pago de horas extras y del reconocimiento de la habitación como parte del salario.
Sumario:
1.-La falta de reconocimiento del carácter salarial de la habitación provista a la trabajadora y la negativa a abonar las horas extras, constituye una injuria de entidad suficiente en los términos del art. 242 LCT para convalidar la situación de despido indirecto en que se colocó la trabajadora.
2.-Toda vez que el derecho al cobro de las indemnizaciones y agravamientos indemnizatorios reclamados en función de las leyes 25.345 , 25.323 y 24.013 , ha quedado perfeccionado en el caso con notoria anterioridad a la entrada en vigencia de la nueva normativa, siendo la sentencia emitida declarativa y no constitutiva de derechos, corresponde aplicar al presente la normativa vigente al tiempo de sucederse los hechos sometidos a juzgamiento (art. 7 CCivCom.).