INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Resolución 215/2026
El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) aprobó un nuevo reglamento para los procedimientos administrativos de nulidad y caducidad de marcas por falta de uso, con el objetivo de agilizar su tramitación, brindar mayor previsibilidad y fortalecer la seguridad jurídica.
La resolución reemplaza la normativa vigente e incorpora mejoras orientadas a simplificar los procesos, garantizar el derecho de defensa de las partes y evitar demoras innecesarias en la resolución de los conflictos marcarios.
Entre los principales cambios, se establece que quienes soliciten la nulidad o caducidad de una marca deberán acreditar un derecho subjetivo o interés legítimo concreto vinculado con el registro cuestionado; se incorpora la notificación fehaciente al titular de la marca antes del inicio de estos procedimientos cuando el expediente ya se encuentre archivado; se precisan las oportunidades para plantear nulidades o caducidades dentro de los procedimientos de oposición; y se armonizan las reglas con el régimen de resolución administrativa de oposiciones.
La nueva reglamentación será aplicable a todos los procedimientos de nulidad y caducidad que se inicien a partir de su entrada en vigencia y también contempla un régimen transitorio para los expedientes que actualmente se encuentran en trámite.
Con esta medida, el INPI continúa modernizando sus procedimientos administrativos para ofrecer un sistema marcario más ágil, eficiente y transparente