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sábado, 2 de noviembre de 2024

año 2010 Nunca se cumplió con el registro de obstructores de lazos familiares

    El 2 de enero del 2010 van a cumplirse tres años desde su sanción y, aún, la ley 7.644 para registrar a los obstaculizadores de lazos familiares no se ha puesto en funcionamiento. En rigor, se trata de una nómina en la que figuran los padres o madres separados que, por diversos motivos, impiden que los hijos se vinculen con el otro progenitor. La ley protege al niño, como sujeto de derechos, y castiga al obstaculizador, impidiéndole, entre otras cosas, tomar cargos públicos para cualquiera de los tres poderes del Estado. Si bien los legisladores han insistido con diversos pedidos de informe y proyectos de resolución para averiguar por qué no se pone en práctica, no han logrado obtener una respuesta de la gestión anterior ni de la actual.



    PARA QUÉ SIRVE. Cairone explicó cuál es el contenido y alcance de la ley. El registro de obstaculizadores debería tener el mismo alcance que el de deudores alimentarios. Las personas que, por orden judicial, formen parte de esta lista, no pueden desempeñar ninguna actividad estatal. Esto es, tomar cargos, ser contratistas o proveedores, abrir cajas de ahorro o cuentas corrientes, sacar créditos, recibir subsidios u otros beneficios provenientes de la actividad pública.


    El registro debería funcionar en el ámbito del Ministerio de Gobierno, tal y como ocurre con el de quienes no cumplen con la cuota alimentaria de sus hijos. Según aseguró Cairone, el ministro de Gobierno, Mario Adaro, se comprometió a trabajar en la reglamentación de la ley. Esta situación nunca llegó a concretarse, a pesar de que fue publicada el 21 de febrero del 2007 y tenía 120 días para reglamentarse y ponerse en práctica.


    OBSTACULIZACIÓN. La ley de Mendoza, tanto como la de Río Negro, Santa Cruz y la nacional 24.270, que intenta regular el derecho de los niños a vincularse con los padres no convivientes, fue impulsada por la Asociación de Padres Alejados de sus Hijos (Apadeshi). Cairone explicó que los miembros de esta agrupación vinieron a Mendoza antes de que la ley se sancionara a explicar cuál era la intención de contar con esta legislación, como también lo hizo Atilio Álvarez, defensor de Menores e Incapaces de la Nación.


     Por último, tanto Cairone como Naman dijeron no saber cuál es el motivo por el que la ley no puede ponerse en práctica, ya que nunca les fueron respondidos con claridad sus requerimientos de información al Ejecutivo respecto del tema


    ALIENACIÓN PARENTAL. Un niño al que se le impide tener contacto con parte de su familia puede sufrir el Síndrome de Alienación Parental (SAP). Publicaciones de Apadeshi explican que un niño que sufre este síndrome ha sido inducido por uno de sus padres para que odie al otro, hasta el punto en que es el mismo niño el que entabla una campaña de denigración del padre alienado.

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