Partes: A. M. A. y otros s/ delegación de la responsabilidad parental
Tribunal: Unidad Procesal de Cipolletti
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: 11
Fecha: 30 de mayo de 2024
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-151876-AR|MJJ151876|MJJ151876
Voces: RESPONSABILIDAD PARENTAL – CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN – DERECHOS DEL NIÑO – INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO – CENTRO DE VIDA – DERECHO A SER OIDO
Homologación de un convenio de delegación de la responsabilidad parental de unos adolescentes a favor de sus tíos maternos.
Sumario:
1.-Corresponde homologar el convenio de delegación de la responsabilidad parental, dado que se busca dar un status jurídico frente a terceros que le permita a los tíos maternos de los adolescentes -cuya madre falleció- ejercer con mayor eficacia las funciones inherentes al cuidado y contención de éstos, garantizando el ejercicio de sus derechos fundamentales, tales como derecho a la salud, a la alimentación, escolaridad, entre otros, siendo necesario porque facilita y agiliza la dinámica de su vida diaria para el acceso a sus derechos.
2.-La delegación del ejercicio de la responsabilidad parental debe estar marcada por el interés superior del hijo y que exista una razón para delegarla, debiendo prevalecer respecto de los hijos ante cualquier otra consideración
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