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sábado, 20 de mayo de 2023

Mala praxis: La sometieron a una mastectomía radical, sin ser dicha operación la indicada para el cuadro de mastitis que presentaba y en base a un diagnóstico erróneo de cáncer de mama

Partes: G. S. A. c/ Instituto de Investigaciones Médicas s/ daños y perjuicios / responsabilidad profesionales médicos y auxiliares



Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: C


Fecha: 31 de marzo de 2023


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-142484-AR|MJJ142484|MJJ142484


Voces: MALA PRAXIS – RESPONSABILIDAD MÉDICA – DAÑOS Y PERJUICIOS – DIAGNÓSTICO MÉDICO – DIAGNÓSTICO ERRÓNEO – PRUEBA DE PERITOS – INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA


Procedencia de una demanda de mala praxis por someter a una paciente a una mastectomía radical, sin ser dicha operación la indicada para el cuadro de mastitis que presentaba y en base a un diagnóstico erróneo de cáncer de mama.


Sumario:

1.-Corresponde admitir la demanda de mala praxis, pues, no es cierto que la mastitis que padecía la actora justificara la mastectomía radical modificada aun en el supuesto de no haberse detectado cáncer de mama.


2.-La demanda de mala praxis debe ser admitida, ya que la médica demandada no ajustó su conducta a las reglas del arte, en la medida que, sometió a la actora a una cirugía de Mastectomía Radical Modificada que no era la indicada para el tratamiento del cuadro de mastitis que presentaba y en base a un diagnóstico presuntivo de cáncer de mama que no había sido confirmado por los análisis que sugerían por entonces los protocolos y recomendaciones de estudio y tratamiento científicos de la comunidad médica.


3.-La prueba pericial médica -en casos de mala praxis- resulta la prueba por excelencia para dirimir la controversia, por lo que no pueden eludirse ni minimizarse los requisitos necesarios para adquirir el valor probatorio que se le pretende asignar; y en consecuencia pueda conllevar a los sentenciantes, a la luz de las reglas de la sana crítica, al convencimiento de la existencia de la mala praxis atribuida al galeno con el grado de certeza que tal calificación exige.


4.-Debe rechazarse la demanda de mala praxis contra el ayudante de cirugía, pues la estructura jerárquica del equipo médico se contradice con la necesidad de un acto deliberativo de sus integrantes para adoptar las decisiones médicas.


5.-Cuando la entidad se obliga a la prestación de servicio médico por medio de un cuerpo profesional, es responsable no solamente de que el servicio se preste sino también de que se preste en condiciones tales que el paciente no sufra daño por deficiencia de la prestación prometida.

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