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viernes, 16 de diciembre de 2022

Despido y Contrato de objeto nulo: No puede producir efectos un contrato de trabajo de quiniela clandestina, porque es nulo por ilicitud en su objeto

Partes: Á. L. G. y otros c/ C. S. s/ Despido indirecto



Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de General Pico


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:


Fecha: 27 de septiembre de 2022


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-139288-AR|MJJ139288|MJJ139288


No puede producir efectos un contrato de trabajo de quiniela clandestina, porque es nulo por ilicitud en su objeto.


Sumario:

1.-La nulidad del objeto es manifiesta y no requiere de una investigación específica en estos actuados, ya que el juego clandestino está expresamente prohibido por el CPen. en el art. 301 bis .


2.-La explotación u organización de un juego en forma privada que compite con el Estado lesiona, entonces, el interés público y el patrimonio de la administración pública.


3.-El impedimento de la actividad de quiniela clandestina no es tendiente a amparar los derechos del trabajador, sino que tiende a proteger los intereses de la sociedad provincial en este caso.


4.-La nulidad del contrato celebrado entre las partes es de carácter absoluto, por estar afectado el orden público y que, a consecuencia de ello, no genera efectos entre las partes.

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