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lunes, 4 de julio de 2022

Indicador Mínimo de Trabajadores -IMT - AFIP

Liquidación de sueldos Aportes y Contribuciones

A continuación, puede consultarse el Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) por Actividad a utilizar por la AFIP para determinar de oficio los aportes y contribuciones a la seguridad social en los casos de que el empleador no declare a su personal o cuando los declarados resulten insuficientes, comparados con dicho índice.



 

Normativa AFIP: Resoluciones 2927/2010, 3038, 3152, 3207/8, 3218/9/20, 3257/8/9, 3261, 3282, 3314, 3322/3/4, 3460/1/2/3, 3492, 3541, 3549, 3558, 3562/3/4/5/6/7/8/9/70, 3591, 3605/6/7, 3621, 3626, 3632/3/4, 3714/5/6/7/8/9






Más info

https://jorgevega.com.ar/laboral/236-indicador-minimo-trabajadores.html

Para ver como y cuando se utiliza el IMT puede consultar en los siguientes enlaces:



El Indicador Mínimo de Trabajadores señala la cantidad de trabajadores requeridos por cada unidad de obra o servicio, según la actividad de que se trate, durante un período determinado.

A los fines de la estimación del importe base para el cálculo de los aportes y contribuciones, el indicador deberá multiplicarse por la remuneración básica promedio del convenio colectivo de trabajo propio de la actividad.