La normativa determina que tanto el 17 como el 20 de junio tienen la calidad de cualquier feriado nacional. Por lo tanto, los empleados no están obligados a trabajar. Si lo hacen, el empleador debe pagarles el doble.
Para el cálculo, el salario del trabajador mensualizado deberá dividirse por 30, restando un día que corresponde al feriado. A su vez, se deberá dividir el sueldo por 25 (art. 155 L.C.T.). Finalmente, a los 29 días del sueldo antes mencionado se le deberá agregar el día calculado con el criterio de las vacaciones -con lo cual percibirá una pequeña diferencia a su favor-.
FERIADOS INAMOVIBLES QUE QUEDAN EN 2022
20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
9 de julio (Día de la Independencia)
8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)
25 de diciembre (Navidad)
FERIADOS TRASLADABLES QUE QUEDAN EN 2022
17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes): se conmemorará el mismo viernes (no se puede trasladar al lunes siguiente porque coincide con el 20 de junio).
17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín): se conmemorará el lunes 15 de agosto.
12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural): se conmemorará el lunes 10 de octubre.
Fines de semana largo en 2022 - Foto: Ignacio Blanco / Los Andes
Fines de semana largo en 2022 - Foto: Ignacio Blanco / Los Andes
FINES DE SEMANA LARGO QUE QUEDAN EN 2022
Del viernes 17 al lunes 20 de junio.
Del viernes 7 al lunes 10 de octubre.
Del jueves 8 al domingo 11 de diciembre.


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