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lunes, 28 de febrero de 2022

Anabel y Cornejo se cruzaron nuevamente, ahora por el beneficio previsional para viñateros

01/03/2021-No es el primer cruce entre el radical y la peronista y seguramente tampoco será el último. Lo cierto es que primero el ex gobernador salió a cuestionar al Partido Justicialista por lo que entendió fue una campaña electoral en su contra acusándolo de demorar el tratamiento de una ley que -aseveró Cornejo- data de 2011 y recién ahora se reglamentó. Después le contestó Anabel, le recordó que no dio quórum en la sesión convocada para considerar el proyecto y lo criticó por "no compartir la felicidad de los trabajadores". 2 paginas tiene el decreto reglamentario



El referente radical y de Juntos por el Cambio arremetió directamente -una vez más- contra La Cámpora, en la que referencia a Sagasti. "Los legisladores nacionales de La Cámpora, en la campaña electoral pasada se rasgaron las vestiduras por la ley de jubilación de los viñateros, atacando y culpando a nuestros legisladores porque supuestamente estábamos demorando su aprobación (obvias mentiras y puesta en escena)", escribió y acompañó su posteo con una composición gráfica (ver más abajo) en la que se ven publicaciones de distintos medios en las que lo señalaban como responsable de que no se aprobara antes la iniciativa.


Enseguida sumó otro concepto: "El régimen previsional para viñateros data del 2011, pero se ve que el apuro era netamente electoral porque recién hoy, 28 de febrero de 2022, se publicó el decreto reglamentario de dicha ley, que contó con nuestro apoyo".


Finalmente señaló: "Nos acusaron de no dar quórum y que por eso los viñateros iban a perder días de jubilación. Nada de eso sucedió y fueron oportunistas para la sanción de la ley, pero poco oportunos para la reglamentación. Se acuerdan de los viñateros cada 4 años para buscar sus votos, pero esperan a después de la Vendimia para reglamentar sus derechos".


Fernández Sagasti no hizo esperar mucho su respuesta, que fue la siguiente: "¿Tanto le cuesta compartir la felicidad de los trabajadores? Décadas luchando los viñateros y contratistas por el derecho a la jubilación anticipada y como no puede ser de otra manera, el peronismo les reconoció su legítimo derecho. Usted no dio quórum, esa es la verdad objetiva".


El régimen previsional para viñateros

El proyecto, que fuera aprobado en octubre del año pasado, es de autoría de la senadora mendocina Anabel Fernández Sagasti (PJ) y su colega chaqueña María Inés Pilatti Vergara.


Conforme la publicación en el Boletín oficial, las personas incluidas en el nuevo régimen son:


Las trabajadoras y los trabajadores que desarrollan tareas de cultivo y cuidado de la vid, enmarcadas en el Convenio colectivo de trabajo N° 154/91 y/o los que en su futuro lo reemplacen, y que se encuentran en relación de dependencia en establecimientos viñateros, incluso aquellos que también posean olivares y frutales, siempre y cuando su actividad principal sea la vitícola.

Las y los contratistas de viñas y frutales, comprendidos en la Ley N° 23.154 que restableció la plena vigencia de la Ley N° 20.589, siempre y cuando su actividad principal sea la vitícola y que se encuentren inscriptos en el Registro de Inscripción de Contratistas de Viñas y Frutales, ya sea de índole nacional y/o provincial.

Según datos aportados por los legisladores nacionales, con esta ley se beneficiarán alrededor de 40 mil personas.

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El Poder Ejecutivo oficializó la reglamentación de la ley 27.643 aprobada en el Congreso en octubre pasado. Los trabajadores de la actividad vitícola podrán jubilarse con 57 años

El cómputo de los años de servicio quedó sin reglamentar

Conforme la publicación en el Boletín oficial, las personas incluidas en el nuevo régimen son:


Las trabajadoras y los trabajadores que desarrollan tareas de cultivo y cuidado de la vid, enmarcadas en el Convenio colectivo de trabajo N° 154/91 y/o los que en su futuro lo reemplacen, y que se encuentran en relación de dependencia en establecimientos viñateros, incluso aquellos que también posean olivares y frutales, siempre y cuando su actividad principal sea la vitícola.

Las y los contratistas de viñas y frutales, comprendidos en la Ley N° 23.154 que restableció la plena vigencia de la Ley N° 20.589, siempre y cuando su actividad principal sea la vitícola y que se encuentren inscriptos en el Registro de Inscripción de Contratistas de Viñas y Frutales, ya sea de índole nacional y/o provincial.

De acuerdo a la iniciativa, los trabajadores de la actividad vitícola podrían jubilarse con 57 años cuando tengan acreditado 25 años de servicios.

La contribución patronal respecto de las tareas referidas será la que rija en el régimen común (Sistema Integrado Previsional Argentino) incrementada en dos puntos porcentuales. Esa suba debe hacerse efectiva a partir del 1 de diciembre de 2021, establece el decreto reglamentario publicado

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