El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 27.630 que modifica la alícuota de las personas jurídicas en la Ley del Impuesto a las Ganancias.
La norma publicada este miércoles en el Boletín Oficial establece una tabla de alícuotas progresivas para las sociedades de 25%, 30% y 35% y mantiene la tasa de distribución de dividendos en el 7% para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2021. (Por lógica para los cierres de 31 de dic de 2021, en adelante )
La tabla aprobada es la siguiente:
Ganancia neta imponible acumulada | Pagarán $ | Más el % | Sobre el excedente de $ | |
Más de $ | A $ | |||
$ 0 | $ 5.000.000 | $ 0 | 25% | $ 0 |
$ 5.000.000 | $ 50.000.000 | $ 1.250.000 | 30% | $ 5.000.000 |
$ 50.000.000 | En adelante | $ 14.750.000 | 35% | $ 50.000.000 |
También se definió que los establecimientos permanentes deberán ingresar la tasa adicional del 7% al momento de remesar utilidades a su casa matriz.
Actualización
La ley señala que la escala se ajustará anualmente, a partir del 1 de enero de 2022, considerando la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a octubre del año anterior. Estos montos se aplicarán a los ejercicios fiscales que se inicien con posterioridad a cada actualización.
Diversidad
Por otra parte, se establecieron montos diferenciales para deducir en concepto de honorarios de directores y miembros de consejos de vigilancia, y de retribuciones a los socios administradores en un porcentaje diferencial si son mujeres (40%) o travestis, transexuales y transgénero (60%).
Fuente
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/330000-334999/332890/texact.htm