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sábado, 25 de diciembre de 2021

Mutuo hipotecario: Un Banco debe cancelar la hipoteca sobre el inmueble afectado y reembolsar las cuotas suplementarias percibidas, por no informar adecuadamente a su clienta sobre la pesificación y reestructuración de la deuda

Partes: Castro Aguirre Sandra Karina c/ BBVA Banco Francés S.A. s/ cumplimiento de contrato

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil



Sala/Juzgado: D


Fecha: 13-jul-2021


Cita: MJ-JU-M-133682-AR | MJJ133682 | MJJ133682


Se ordena a la entidad financiera cancelar el gravamen hipotecario sobre el inmueble afectado y el reembolso de las cuotas suplementarias percibidas, toda vez que el banco no infirmó adecuadamente al cliente la integración de las mismas.


Sumario:


1.-Ausente la información relevante de marras, que debía ser llevada, custodiada y provista en autos por la entidad financiera demandada, y la consecuente explicación técnica, financiera y contable, a más que jurídica, de la integración de las 14 cuotas suplementarias en la reestructuración de la deuda, no cabe más que reputar que esas percepciones adicionales a las 180 cuotas previstas originariamente carecen de causa.


2.-La omisión del banco demandado de poner a disposición del perito contador los documentos que tiene en su poder, que respaldarían la calificación en la base de deudores en el sistema financiero del Banco Central a la que fue sometido el actor, no puede ser valorada en contra de este último, pues, de conformidad con el principio de la carga probatoria dinámica, la entidad financiera accionada era quien estaba en mejores condiciones de producir la prueba para acreditar que había actuado diligentemente.


3.-Omitir la información requerida, en diversas comunicaciones y solicitudes o gestiones realizadas hasta con intermediación de abogados e instancias de mediación, como fue expuesto en la demanda y sostenido mediante las piezas instrumentales acompañadas con ella, implica someter al cliente a un sinuoso e incierto derrotero burocrático, implicando aquellas conductas vergonzantes o vejatorias que afectan el trato digno que debe ser dispensado al consumidor financiero.

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