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martes, 7 de diciembre de 2021

Corresponde despido indirecto si la empleadora no abonó el sueldo de un mes, alegando la ‘sospecha’ de una enfermedad simulada

Partes: F. M. C. c/ Grupo Q S.A. s/ Despido

Tribunal: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza



Sala/Juzgado: II


Fecha: 4-oct-2021


Cita: MJ-JU-M-135135-AR | MJJ135135


Se confirma la legitimidad del despido indirecto en que se colocó la trabajadora, por no haberle abonado la empleadora el sueldo de un mes, alegando que era una compensación ante la ‘sospecha’ de una enfermedad simulada.


Sumario:


1.-La pretensión de la empleadora, de compensar el salario de un mes como una forma de ‘castigar’ a la trabajadora, sobre la mera ‘sospecha’ de una enfermedad simulada, resulta a todas luces improcedente en los términos del art. 131 LCT.


2.-Si la demandada consideró que la actitud de la trabajadora fue de mala fe por simular enfermedades y no presentarse a trabajar, idéntica consideración le cabe a la accionada, quien se resistió sistemáticamente al pago del sueldo del mes de diciembre 2018 con el justificativo de la compensación con los meses de ausencia por licencia psiquiátrica.


3.-La inconducta de la trabajadora que la accionada pretende -en la contestación de demanda- endilgarle a la actora como causal de despido, no se ajusta al intercambio epistolar habido entre las partes, al momento de producirse el distracto.

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