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martes, 7 de diciembre de 2021

AFIP actualiza el SICOSS para ingresar el 2% adicional (decreto 633/18)

AÑO 2018 - - Hoy comienzan los vencimientos para la presentación de la declaración jurada de los aportes y contribuciones, y justo hoy AFIP actualizó la Versión del SICOSS y Declaración en Línea para ingresar 2% Adicional de Regímenes Diferenciales Decreto 633/18.



La nueva versión del Aplicativo SICOSS /VERSIÓN: 41.0 RELEASE 3) tanto para la versión SIAP como Declaración en Línea incluyen la adecuación de para contribuciones patronales adicionales de regímenes diferenciales según Dto. 633/2018


SICOSS Versión 41.0 release 3

Conforme lo establecido por el Decreto N° 633/2018, a partir del período devengado septiembre de 2018, se restablecen las contribuciones patronales adicionales correspondientes a los regímenes diferenciales mantenidos por la Ley N° 24.241 y sus modificatorias a los valores previstos en las respectivas normas vigentes.


Por lo expuesto, se incorpora en el sistema “Declaración en Línea” – Versión 41 Release 3, la funcionalidad de determinar las mismas; en virtud de lo cual, cuando se informe a un empleado con Servicios Diferenciales, se calculará un porcentaje adicional de contribuciones.


La misma funcionalidad se encontrará disponible en el Aplicativo SICOSS.


Se recuerda a los empleadores que deberán controlar el porcentaje adicional que corresponda declarar conforme la actividad que desempeñe el trabajador.


Recordamos que las fechas de los vencimientos dependen de cada terminación de CUIT.


Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento

0-1-2-3 09/10/2018

4-5-6 10/10/2018

7-8-9 11/10/2018

Recordemos: Decreto 633/18 


El mencionado decreto estableció que a partir del mes devengado inmediato posterior a la entrada en vigencia del presente, las contribuciones patronales adicionales correspondientes a los regímenes diferenciales mantenidos por la Ley N° 24.241 y sus modificatorias serán las previstas en las respectivas normas vigentes.


Asimismo, incorporó con carácter enunciativo un Anexo con el listado de regímenes diferenciales alcanzados por el presente.


En cuanto a la entrada en vigencia del pago diferencial, la norma indica que será a partir del mes devengado inmediato posterior a la entrada en vigencia del mismo que se dió a los 30 días de su publicación el Boletín Oficial (10/7/2018). Esto quiere decir que las disposiciones contenidas en el Decreto 633/18 entraron en vigencia el 9/8/2018 con lo cual a partir del devengado septiembre/2018 se deberá cumplir con las contribuciones patronales contenidas en los regímenes diferenciales especificados allí en la norma.


Los regímenes diferenciales previstos por el decreto en cuestión son los siguientes (Fuente del cuadro: S.A.I.P.E.: Servicio de Asesoramiento Integral Para la Empresa):


En lo que respecta al aplicativo, propiamente dicho, en el día de ayer el fisco publicó el release 3 de la versión 41 explicando que conforme lo establecido por el Decreto 633/18, a partir del período devengado septiembre de 2018, se restablecen las contribuciones patronales adicionales correspondientes a los regímenes diferenciales mantenidos por la Ley N° 24.241 y sus modificatorias a los valores previstos en las respectivas normas vigentes.


Por lo expuesto, se incorpora en el sistema “Declaración en Línea” – Versión 41 Release 3, la funcionalidad de determinar las mismas; en virtud de lo cual, cuando se informe a un empleado con Servicios Diferenciales, se calculará un porcentaje adicional de contribuciones.


La misma funcionalidad se encontrará disponible en el Aplicativo SICOSS.


Se recuerda a los empleadores que deberán controlar el porcentaje adicional que corresponda declarar conforme la actividad que desempeñe el trabajador.

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