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miércoles, 15 de septiembre de 2021

Nulidad de la notificación del traslado de la demanda al efectuar el abogado una inserción que no autorizó el juez cuando ordenó la notificación bajo responsabilidad

Partes: H. J. P. c/ R. C. E. s/ Liquidación de sociedad conyugal



Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Río Negro


Sala/Juzgado: IV


Fecha: 17-ago-2021


Cita: MJ-JU-M-134448-AR | MJJ134448 | MJJ134448


Se declara la nulidad de la notificación del traslado de la demanda, porque el abogado efectuó una inserción que no había sido autorizada por el juez cuando ordenó la notificación bajo responsabilidad.


Sumario:


1.-Corresponde declarar la nulidad de la notificación del traslado de la demanda -y de todo lo actuado en consecuencia-, ya que la notificación que dio origen a la nulidad declarada fue practicada bajo responsabilidad de su parte, responsabilidad que incumplió al consignar una atestación no autorizada por el juez.


2.-Si bien las atestaciones de la cédula de notificación no han sido impugnadas, éste no ha sido el fundamento de la decisión del Magistrado de grado, sino la alteración del contenido de la cédula mediante la inserción de un agregado, incorporado por el letrado autorizado para diligenciarla en extraña jurisdicción, alterando de ese modo un instrumento público, y actuando más allá de lo autorizado por el Magistrado que ordenó la diligencia; esta conducta entraña una gravedad rayana en la temeridad y malicia procesal.


3.-La nulidad de la notificación del traslado de la demanda, efectuada bajo responsabilidad de la parte actora y de todo lo actuado en consecuencia, debe confirmarse, pues no se ha cumplido con las formalidades específicas que tienden al resguardo de la garantía constitucional del debido proceso y defensa en juicio, privando a la accionada de ejercer las defensas que hacen a su derecho.


4.-La notificación del traslado de la demanda tiene una trascendencia esencial dentro del proceso, porque es generadora de la relación jurídico-procesal y por lo tanto la Ley exige el cumplimiento de formalidades específicas que tienden al resguardo de la garantía constitucional del debido proceso y del derecho de defensa en juicio.


5.-Frente a la violación de derechos y garantías constitucionales la nulidad procede indefectiblemente y puede aún ser declarada de oficio.


6.-La invalidación de la notificación del traslado de la demanda arrastra consigo todos los actos procesales posteriores, por encontrarse afectado el derecho de defensa en juicio, cuya custodia y resguardo insoslayables confiere la constitución a todos los Magistrados de la nación.

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