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jueves, 11 de febrero de 2021

Autorizarán a que uno de los padres se tome licencia cuando los hijos tengan clases virtuales o jornada reducida

La resolución ya fue firmada por el ministro de Trabajo. En qué casos uno de los padres podrá faltar a trabajar por los hijos y desde cuándo. 


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 60/2021

Una de las principales preocupaciones que tenían los padres era sobre lo que sucedería cuando el o los hijos tengan clases virtuales o jornada reducida. Esto, porque muchos de ellos ya volvieron a sus respectivos trabajos físicamente. El Gobierno decidió dar respuesta a este interrogante y autorizó a que uno de los padres se tome licencia laboral en esos momentos, con goce de sueldo.

La resolución lleva la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni y será publicada en el Boletín Oficial en los próximos días. Esta regirá para todo el país y justifica la inasistencia laboral para aquella madre o padre que no pueda dejar a sus hijos solos por la la cuarentena producto de la pandemia de coronavirus.

Fue la vuelta a la presencialidad lo que encendió las alarmas ya que no todos los chicos podrán ir a la escuela todos los días y esto provocaría que los padres deban organizarse de alguna manera. La resolución de Trabajo dispone que “a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente” cuando se cumpla alguna de las siguientes situaciones:

Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo.

Los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente.

La medida establece que “sólo un progenitor o persona responsable por hogar” podrá acceder a la justificación de falta al trabajo por el motivo de cuidado de los hijos. Así, quien “resulte indispensable para el cuidado” de los menores deberá notificar a su empleador mediante una declaración jurada:

  1. Los datos del niño, niña o adolescente;
  2. Grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo al que concurre;
  3. El régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución;
  4. La declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo.

El ministro de Trabajo justificó la medida en que la pandemia de coronavirus es “un fenómeno del medioevo en pleno siglo XXI” y “ha complicado todo”, por eso “se renovó la justificación de la inasistencia, que el año pasado fue en todo el país y todos estaban en sus casas. Ahora, las distintas jurisdicciones tendrán sus propias medidas de modalidad e inicio de clases presenciales”. Moroni expuso que para justificar la falta al lugar de trabajo “se deberá presentar una declaración detallando los días y horarios de sus hijos como para que el empleador si quiere controlar, pueda hacerlo”. Y remarcó que no hace falta “ninguna certificación especial ni que sea expedido por el establecimiento educativo”. El ministro completó que con su colega de Educación, Nicolás Trotta, hablaron para que “los datos de régimen de asistencia a los colegios sean públicos, a fin de que las empresas puedan chequearlo si así lo desean”.

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