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martes, 1 de septiembre de 2020

Fallo pablo albarracini (2012): La Corte Suprema decidió respetar la voluntad del testigo de Jehová de no transfundirse sangre

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que se respete la voluntad de Pablo Albarracini, el joven testigo de Jehová que está en coma y que no acepta una transfusión de sangre por respetar el principio de la Biblia de abstenerse de ella.


La abogada Mariana Gallego, que representa a Jorge Albarracini, padre del joven, que presentó el amparo para que su hijo pueda ser transfundido, dijo que "la Corte otorgó prioridad al principio de reserva de la Constitución Nacional por el cual la Justicia no tiene jurisdicción sobre los actos privados de las personas".

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Asimismo, el abogado Ricardo Monastero, que también representa al padre del joven, indicó que el fallo de la Corte (ver en PDF) "básicamente, establece que no hay constancia de que Pablo haya variado su voluntad, y que no hubo de cambio de parecer". "Dice que hay que respetar el derecho del paciente y en función de eso dictó un fallo convalidando una voluntad antecedente", agregó el letrado, según informa La Nación.

También narró la letrada que a la notificación del fallo de la Corte Suprema en la sede de los tribunales también concurrieron ocho integrantes de los testigos de Jehová, entre ellos la esposa de Pablo Albarracini, quienes consideraron "de gran importancia la decisión adoptada" por el máximo tribunal.

Horas antes de su fallo, la Corte Suprema le ordenó a sus peritos médicos que le remitan un informe sobre el estado de salud de Pablo Albarracini para contar con más elementos para tomar la decisión de autorizar o no la transfusión de sangre.

El caso. Se inició el 5 de mayo último cuando el hombre de 38 años fue baleado durante un robo e internado en la Clínica Bazterrica donde permanece inconciente.

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A criterio de los médicos de la clínica la gravedad de su estado de salud requería que el paciente reciba transfusiones de sangre, pero su esposa desde hace cinco meses, Romina Carnevale, se negó en virtud de las creencias bíblicas de su marido.

La mujer presentó una declaración firmada hace cuatro años por su esposo en la que pide que no le realicen transfusiones de sangre.

Ante esta situación el padre del joven se presentó ante la Justicia con el asesoramiento de Gallego y logró que el caso llegara a la Corte.

Pablo Albarracini tuvo que ser intervenido quirúrgicamente dos veces, la última, el viernes pasado ya que presentaba seis hemorragias internas que pudieron ser controladas por los médicos de la Clínica Bazterrica.

¿Por qué no aceptan sangre los testigos? Pablo Albarracín expresó su voluntad de no recibir una transfusión de sangre debido a que respeta el mandato de la Biblia que insta a no incorporar sangre al cuerpo según se señala en el libro de Hechos 15:28,29 ("...sigan absteniéndose de cosas sacrificadas a ídolos, y de sangre...") o en Génesis 9:4 ("....solo carne con su alma —su sangre— no deben comer...").

"Los testigos de Jehová ven la vida como una dádiva de Dios representada por la sangre. Creen en el mandato bíblico de que los cristianos deben abstenerse de sangre", se explica en el sitio de Internet de los testigos.

Los testigos de Jehová no aceptan las transfusiones de sangre, pero sí otro tipo de transfusiones o tratamientos sustitutivos que brinda la ciencia médica moderna (solución salina, lactato de Ringer o dextrán) para expandir el volumen del plasma.

Base legal. Por otro lado, los miembros de esta religión se amparan en la ley nacional 26.529, de derecho del paciente, que señala que todos los pacientes deben ser atendidos y que además pueden optar qué tratamiento quieren recibir.

En ese sentido, la normativa indica que "el paciente, prioritariamente los niños, niñas y adolescentes, tiene derecho a ser asistido por los profesionales de la salud, sin menoscabo y distinción alguna, producto de sus ideas, creencias religiosas, políticas, condición socioeconómica, raza, sexo, orientación sexual o cualquier otra condición".

La ley remarca que "el paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también a revocar posteriormente su manifestación de la voluntad".

Análisis del fallo

Titulo
Caso “Bahamondez”
Caso “Albarracini”
Subtitulo
Derecho a la intimidad y disposición del propio cuerpo
Autos
Bahamondez, M s/medida cautelar.
Albarracini N, J. W. s/ medidas precautorias.
Fecha
6 de abril de 1993
1 de Junio del 2012
Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Magistrados
Levene, Ricardo. Cavagna Martinez, Mariano Augusto. Barra, Rodolfo C. Fayt, Carlos S. Belluscio, Augusto C. Petracchi, Enrique S. Nazareno, Julio S. Moline O’Connor, Eduardo. Boggiano, Antonio.
Highton de Nolasco, Elena I. Fayt, Carlos S. Pretracchi, Enrique S. Maqueda, Juan Carlos.
Hechos
M. Bahamondez perteneciente al culto “testigos de Jehová”, interpone recurso extraordinario para contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia que autoriza la realización de trasfusiones de sangre en contra de la voluntad de la parte actora fundado en que la decisión de Bahamondez implica un suicidio lentificado. Bahamondez alega su derecho a la liberta de cultos, intimidad y principio de reserva.

La Corte decidio que era inadmisible cuestionar el derecho de disponer del propio cuerpo y además que ya no podía expedirse debido a que la cuestión se había tornado abstracta.
Albarracini Nieves J. W., progenitor de Albarracini O., J. P. interpuso recurso extraordinario contra la sentencia anterior de la Cámara Nacional de apelaciones en lo Civil (C.A.B.A.) que revocaba la sentencia dictada en instancia anterior que autorizaba la realización de una transfusión de sangre a su hijo mayor de edad  J. P. perteneciente al culto “testigos de Jehová”. Teniendo en cuenta que J. p. tiempo atrás  había manifestado su voluntad a través de instrumento público de no quiere recibir transfusiones de sangre a pesar de estar su vida en riesgo. 

La Corte reconoció el valor del instrumento público y la voluntad expresada en el cómo actual y confirmo la sentencia apelada.



Mas informacion
http://resumendefallos.blogspot.com/2014/05/casos-bahamondez-y-albarracini.html

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