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miércoles, 19 de agosto de 2020

Resolución General 4634/2019 CONDICIONES PARA ACREDITAR DOMICILIO

Domicilio Fiscal
Simplificación de las condiciones para su acreditación.

Desde el lunes 25 de noviembre de 2019, para acreditar la existencia y veracidad del domicilio fiscal denunciado, bastará la presentación de al menos 1 de los instrumentos que se detallan a continuación:


  1. DNI argentino.
  2. Certificado de domicilio expedido por autoridad competente.
  3. Acta de constatación notarial.
  4. Comprobante de un servicio a nombre del ciudadano o responsable.
  5. Título de propiedad o contrato de alquiler o de “leasing”, del inmueble cuyo domicilio se denuncia.
  6. Extracto de cuenta bancaria o del resumen de tarjeta de crédito, cuando el solicitante sea el titular de tales servicios.
  7. Habilitación o autorización municipal equivalente, cuando la actividad del solicitante se ejecute en inmuebles que requieran de la misma.
  8. Certificado de Vivienda Familiar emitido por la Agencia de Administración de Bienes del Estado, entregado por la ANSES.
  9. Estatuto o contrato social y, en su caso, el acta de directorio o del instrumento emanado del órgano máximo de la sociedad, o instrumento constitutivo inscripto y actualizado, en los casos que el domicilio fiscal declarado coincida con el domicilio legal obrante en el citado documento.

Los ciudadanos cuyo domicilio fiscal declarado y registrado en su documento nacional de identidad coincida con el de su madre, padre, tutor o apoderado, podrán aportar los elementos citados en los puntos 4, 5, y 6, aún cuando los mismos figuren a nombre de estos últimos, siempre que se acompañe complementariamente la partida de nacimiento o el documento que acredite la tutela o poder, según el caso.

En situaciones especiales o cuando por circunstancias particulares el solicitante no pudiera aportar ninguno de los elementos detallados, la dependencia interviniente podrá aceptar otros documentos o comprobantes que, a su criterio, acrediten fehacientemente el domicilio fiscal denunciado.

Fecha de publicación: 25/11/2019

Fuente: Resolución General 4634/2019

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