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martes, 21 de julio de 2020

Rapitip penal

El delito por "extorsión" está contemplado en el Articulo N° 168 del Código Penal y comprende la manipulación para obtener un rédito económico, la búsqueda de un beneficio monetario a base de una mentira o falacia. El mismo podría tener una pena de prisión de cinco a diez años.