Será pasible de las sanciones dispuestas por el artÃculo 39 de la Ley 11.683.
Si se detecta como consecuencia de un operativo de control efectuado en la ruta, que se traslada mercaderÃa sin remito clase R será aplicable el artÃculo 40 inciso c) de la Ley 11.683. (clausura)
Fuente: Art. 39 y 40 Ley 11.683 y https://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=372642
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