La AFIP amplía los planes de facilidades de pago permanente
La medida se oficializó mediante la publicación de la RG 4714 en el Boletín Oficial.
IVA
Además, las obligaciones de presentación de la declaración jurada del impuesto al valor agregado e ingreso del saldo resultante, correspondientes al período fiscal abril de 2020, podrán ser efectuadas según se indica a continuación:
TERMINACIÓN CUIT FECHA DE VENCIMIENTO
0, 1, 2 y 3 20/05/2020
4, 5 y 6 21/05/2020
7, 8 y 9 22/05/2020
En los planes de facilidades de pago se incluirá el IVA diferido y se elevarán de 3 a 6 los planes permanentes de facilidades de pago vigentes por la resolución general 4268.
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