Partes: P. A. s/ homicidio culposo
Tribunal: Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional
Sala/Juzgado: I
Fecha: 8-sep-2021
Cita: MJ-JU-M-135059-AR | MJJ135059 | MJJ135059
El conductor que estacionó en un lugar prohibido, abrió la puerta y provocó que un ciclista impactara, perdiera el control y fuera arrollado por otro vehículo, incurre en homicidio culposo, agravado por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor.
Sumario:
1.-Es procedente condenar al imputado como autor del delito de homicidio culposo, agravado por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor que causare a otro la muerte porque se puede afirmar que el damnificado circulaba correctamente con su bicicleta y el acusado, quien estaba mal estacionado, abrió intempestivamente la puerta del conductor, para descender del vehículo, lo que provocó que el ciclista impactara esa puerta con el manubrio de su bicicleta, perdiese el control, y colisionara con un micro que venía a la par y le provocó la muerte, lo cual implica que el acusado infringió el deber objetivo de cuidado que debía observar (estacionó su vehículo de manera prohibida y descendió intempestivamente sin considerar si alguien venía detrás, invadiendo el carril contiguo), y el resultado es consecuencia de la infracción a ese deber de cuidado. -relación de causalidad-
2.-Siendo procedente admitir el recurso de casación y dejar sin efecto la absolución, se abren dos alternativas: anular la sentencia y reenviar el asunto para que se haga un nuevo juicio y se dicte una nueva resolución o asumir la competencia positiva y resolver el caso, y siendo que la primera de las opciones implica dilatar más el proceso y, en definitiva, perjudica al acusado, corresponde dictar sentencia condenatoria sin realizar un nuevo debate oral pues nada impide que el Tribunal lo haga, al contar con los elementos necesarios y suficientes que obran en el expediente.