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martes, 8 de diciembre de 2020

La Corte de Mendoza confirmó la condena a un policía coimero

La Corte provincial confirmó la codena a un policía que llamó a un conductor para solicitarle 500 pesos para no confeccionarle una multa de tránsito.

El 9 de abril de 2015, la oficial ayudante Macarena Burgoa (luego declarada inocente) y el sargento Cristian Lucero, cumpliendo funciones en la delegación Vial Norte de la Policía Vial de Mendoza, se encontraban haciendo tareas de seguridad en el Acceso Este y Arturo González de Guaymallén.

Sobre el mediodía, la oficial Burgoa detuvo a un auto conducido por R. C., que circulaba con las luces bajas apagadas. La uniformada le dijo que debía hacer una multa y el automovilista le pidió por favor que no lo hiciera porque el día anterior ya le habían hecho otra por conducir mientras hablaba por teléfono. Burgoa, entonces le dijo que lo iba a consultar con el otro oficial.

El que volvió fue el sargento Lucero que le dijo: “la oficial quiere hacerte la multa, así qué tenés para ofrecernos”. Entonces el conductor le respondió que él se dedicaba a hacer planos y que si necesitaban uno, él se los haría. El policía no aceptó la propuesta, y le dijo que le diera su número de celular, que luego se comunicarían. Y así fue: el 11 de abril de 2015 el policía llamó al automovilista y le dijo: “yo estoy donde te paramos la otra vez, en el mismo lugar, tráeme 500 pesos”.

La victima denunció al uniformado y tras un juicio fue condenado a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el término de un año y seis meses, por el delito de exacciones ilegales.

El defensor llevó el caso a la Corte afirmando que la única prueba de cargo contra Lucero era la declaración de la víctima, no existiendo otra cosa que avalara la acusación que derivó en condena. E abogado indicó que si bien su cliente hizo la llamada telefónica para “no acusarlo de haberse fugado del lugar en que se realizaba el control vial, no puede olvidarse que el conductor había ofrecido a los funcionarios policiales sus servicios como dibujante de planos, pudiendo ser ése el motivo del llamado”.

Lo que dijo la Corte

La Corte, en un fallo firmado por la sala penal conformada por Omar Palermo, José Valerio y Mario Adaro y luego de efectuar un detallado examen del relato brindado por el único testigo de cargo, consideró la prueba como “apta y suficiente” para acreditar el hecho. Además estableció que “el imputado se hallaba cumpliendo funciones en las circunstancias de tiempo y lugar referidos en la denuncia en los dos momentos decisivos del hecho – cuando lo detuvo y luego cuando lo llamó para que pagara”.

“El llamado telefónico realizado desde el teléfono celular del imputado hacia el denunciante sin que exista motivo alguno para ello más que la finalidad ilícita de obtener la dádiva exigida”, afirma el fallo.

Por último se indicó que no resulta relevante para que se configure el delito que la víctima haya sufrido o no perjuicio económico, ya que “el tipo penal atribuido a Lucero se perfecciona cuando el funcionario público solicita la entrega de una dádiva”.

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